Impuestos en tiempos de pandemia
En 2020, producto de la brutal crisis económica provocada por el Covid-19, los debates sobre progresividad tributaria comenzaron a ganar presencia en papers académicos y también en los medios de comunicación. Una serie de organismos multilaterales han empezado a señalar la necesidad de gravar el patrimonio y la riqueza para dotar a los Estados de mayor fortaleza fiscal. Esto se ha evidenciado en los informes de los principales organismos, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y la Comisión Económica para América Latina (CEPAL). También distintas organizaciones no gubernamentales (ONG) han advertido sobre esta necesidad, sobresalen entre ellas: el Panel de Alto Nivel sobre Responsabilidad, Transparencia e Integridad Financieras Internacionales (Panel FACTI) de la ONU y Tax Justice Network (TJN).
Durante la pandemia el concepto de impuesto a las Grandes Fortunas tomó impulso como una solución de corto plazo que pudiera paliar estos efectos negativos y regresivos. Si bien la definición varía según el país, hay hilos en común para reconocer al impuesto a las Grandes Fortunas, reconocidos por el informe: Gravan la riqueza acumulada por personas humanas; Afectan usualmente a fortunas que representan un porcentaje minúsculo de la población (1% o menos); Suelen tener tasas menores a los dos dígitos, más bien ubicadas entre 1% y 5% y, generalmente, proponen tasas progresivas; Si bien tuvieron un rol en los debates tributarios de todas partes del mundo, pocos países lo implementaron efectivamente a lo largo del siglo XXI.
Siguiendo la bibliografía tributaria más reciente, Thomas Piketty (2014) ha señalado que los gravámenes sobre el stock de riqueza reducen el flujo neto que de ella se genera. La dinámica de la concentración económica en el capitalismo actual se produce al existir una tasa de rendimiento del capital superior a la tasa de crecimiento de la economía. Por ende, los gravámenes de este tipo no tienen solamente una finalidad recaudatoria para las arcas públicas, sino que contribuyen a limitar los procesos de concentración económica que se han acelerado vertiginosamente desde la década del 70 hasta la actualidad, concluye el informe.